IEPC JALISCO ACATA SENTENCIAS DEL TRIBUNAL ELECTORAL

Fecha: febrero 13, 2024


13 de febrero de 2024

DCS/Boletín de prensa 011/2024

El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco (IEPC) aprobó hoy en la séptima sesión extraordinaria dar cumplimiento a la sentencia pronunciada por el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco, en el expediente identificado con el número RAP-019/2023 y acumulados, por lo que se modifica el numeral 2 del artículo 18 de los “Lineamientos para garantizar el principio de paridad de género, así como la implementación de disposiciones en favor de grupos en situación de vulnerabilidad, en la postulación de candidaturas a diputaciones y munícipes en el Proceso Electoral Local Concurrente 2023-2024, en el estado de Jalisco”.

En ese sentido, se determinó agregar en el artículo 18 de los Lineamientos la obligación a los partidos políticos de postular una de las fórmulas de candidaturas a munícipes de personas con discapacidad, entre los primeros cinco municipios de población más alta en el que postulen candidaturas.

En la octava sesión extraordinaria, se dio cumplimiento a la sentencia pronunciada por el Tribunal Electoral del Estado de Jalisco, en el expediente identificado con la clave alfanumérica RAP- 001/2024 y acumulado modificando el acuerdo IEPC-ACG-106/2023.

Vale la pena recordar que los partidos políticos Hagamos y Morena, ambos integrantes de la coalición “Sigamos haciendo historia en Jalisco”, impugnaron el Acuerdo IEPC-ACG-106/2023, por el que se aprobaron los anexos estadísticos de las coaliciones registradas ante este organismo electoral y de los partidos políticos que las integran, así como los mecanismos de verificación de la paridad de género y las disposiciones en favor de los grupos en situación de vulnerabilidad en la postulación de candidaturas de las coaliciones parciales durante el proceso electoral local concurrente 2023-2024 en el estado de Jalisco.

Los agravios expresados contra el acuerdo impugnado, fueron en su mayoría desestimados por el Tribunal Electoral, pero uno de ellos fue considerado parcialmente fundado. Por ello, el Tribunal ordenó modificar el acuerdo IEPC-ACG-106/2023 con efectos concretos sobre el bloque de población y competitividad de la coalición “Sigamos Haciendo Historia en Jalisco”.

Tomando como referencia el bloque que integra los 20 municipios más poblados de la entidad, éste se divide en dos subbloques de 10 municipios y sobre ellos el Tribunal ordenó esencialmente “establecer alternancia entre los géneros en la integración de cada bloque, para garantizar el principio de paridad sustantiva en su vertiente horizontal” bajo dos reglas específicas:

1. Que el primer subbloque de 10 municipios esté encabezado por una mujer y termine con hombre.

2. Y que el segundo subbloque de 10 municipios esté encabezado por un hombre, sin que se imponga el género con el que termine.

Para dotar de la mayor racionalidad posible este acatamiento, el Consejo aprobó dar cumplimiento a la sentencia estableciendo que, para la coalición “Sigamos haciendo Historia en Jalisco”, el primer lugar del bloque de alta población-alta competitividad se asigne a una persona del género femenino, mientras que el último lugar de dicho bloque deberá asignarse a una persona del género masculino. Por su parte deberá asignarse una persona del género masculino en el primer lugar del bloque de alta población-baja competitividad, sin establecer el género de la última posición de este subbloque.

Con la finalidad de dotar de certeza la información contenida en el anexo estadístico del bloque de población y competitividad de la coalición y evitar confusión sobre los municipios a los que impactan las reglas impuestas por el Tribunal, el Consejo aprobó que el anexo estadístico (bloques), sea elaborado una vez que sean aprobadas las modificaciones al convenio de coalición “Sigamos haciendo Historia en Jalisco” donde se cambian algunos de los municipios en los que participarán en conjunto, debido a que apenas hace dos días (antier) se solicitaron dichos cambios.

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