El 09 de agosto de 2019 se presenta solicitud de plebiscito municipal en contra de los acuerdos emitidos por el cabildo de San Pedro Tlaquepaque respecto de la desincorporación al Parque Central del Cerro del 4.
El 26 de noviembre de 2019, el solicitante presentó recurso de revisión ante resolución del Consejo Municipal.
El 10 de diciembre el Tribunal Electoral del estado de Jalisco acordó reencauzar el medio de impugnación al Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco https://www.triejal.gob.mx/ag-006-2019/
14 de julio de 2020 se apercibe al Consejo Municipal de Participación Ciudadana para que, dentro del término de diez días, contados a partir de la notificación, una vez que reanude sus actividades, dé cumplimiento a la resolución emitida el 27 de enero del 2020, y una vez resuelto, informe a este Consejo General de su cumplimiento.
8 de septiembre de 2020. Tribunal Electoral del estado de Jalisco notifica resolución relativa al expediente RAP-004-2020 y acumulado RAP-005-2020. Se revoca la resolución recaída al REV-001-2020. Se declara improcedente plebiscito. https://www.triejal.gob.mx/rap004-005-2020/
14 de octubre de 2020. Sala Regional Guadalajara, confirma la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Jalisco, en el sentido de la revocación del REV-001/2020. SG-JDC-0112-2020
25 de noviembre de 2020. Sala Superior del Tribunal Electoral, confirma la sentencia dictada por la Sala Regional Guadalajara del TEPJF, en el sentido de la revocación del SUP-REC-234/2020 SUP-REC-0234-2020