Ficha para medios sobre Participación Ciudadana en Jalisco
Información IEPC Jalisco
La información sobre participación ciudadana se puede encontrar en el siguiente micrositio que se está actualizando constantemente:
http://www.iepcjalisco.org.mx/participacion-ciudadana/
Marco jurídico
A partir de abril de 2019, el marco jurídico en materia de participación ciudadana en el Estado de Jalisco es la Ley del Sistema de Participación Ciudadana y Popular para la Gobernanza del Estado de Jalisco.
El Código Electoral, pasó de ser y de Participación Social a solamente Código Electoral del Estado de Jalisco
Se puede consultar el marco jurídico aquíà http://www.iepcjalisco.org.mx/participacion-ciudadana/reforma-participacion-ciudadana/
Sistema Estatal de Participación Ciudadana y Popular para la Gobernanza
Tiene por objeto establecer principios, bases generales, políticas públicas y procedimientos para la coordinación entre las autoridades estatales de todos los órdenes de gobierno, en la promoción e implementación de mecanismos de participación ciudadana, popular y gobernanza, así como homologar criterios en el trámite de los mecanismos de participación.
Integrantes del Sistema Estatal de Participación Ciudadana:
- El Consejo de Participación Ciudadana y Popular para la Gobernanza, rector del Sistema.
- El Comité de Participación Social.
III. El Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Planeación y Participación Ciudadana del Gobierno del Estado.
- El Congreso del Estado.
- El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado.
- Los Municipios, a través de los Consejos Municipales o los órganos encargados de la participación ciudadana y popular en los Ayuntamientos.
Consejo de Participación Ciudadana y Popular para la Gobernanza
El Consejo es un órgano interinstitucional, de carácter social, participativo, incluyente y representativo de los grupos prioritarios de nuestra sociedad. Es responsable de promover la participación ciudadana y popular, la gobernanza y la cultura de la paz, y tendrá bajo su encargo incentivar el uso de los mecanismos contemplados en esta ley, así como observar su organización, desarrollo, implementación, difusión y declaración de resultados
El Consejo está integrado por:
I. El o la titular de la Secretaría de Planeación y Participación Ciudadana.
II. El Diputado o la Diputada que presida la Comisión Legislativa de Participación Ciudadana, Transparencia y Ética en el Servicio Público del Congreso del Estado
III. El o la Consejera Electoral que presida la Comisión de Participación Ciudadana del IEPC Jalisco
IV. Una persona integrante del Comité de Participación Social, designado de entre ellos mismos.
V. Una persona académica de las universidades asentadas en el Estado.
VI. Una persona representante del sector empresarial.
VII. Una persona miembro de organizaciones de la sociedad civil con domicilio en el Área Metropolitana de Guadalajara.
VIII. Un miembro de organizaciones de la sociedad civil con domicilio en el interior del Estado.
IX. Una persona representante de los pueblos originarios del Estado
X. Una persona representante de la comunidad de personas con discapacidad en el Estado.
XI. Una persona representante del movimiento de mujeres y/o feminista en el Estado.
XII. Una persona representante de la comunidad lesbiana, gay, bisexual, transgénero, transexual, travesti, intersexual, queer y otros géneros, expresiones, identidades y orientaciones sexuales en el Estado
XIII. Una persona representante de las juventudes en el Estado.
XIV. Una persona representante de la comunidad de adultos mayores.
XV. Una persona representante de las asociaciones de padres de familia.
Atribuciones del IEPC Jalisco en materia de participación ciudadana
- Organizar, desarrollar, hacer el cómputo y declarar los resultados de los mecanismos de participación ciudadana en los términos de esta ley.
- Promover la participación ciudadana, la gobernanza y la cultura de la paz en el
- Fomentar la educación cívica en los habitantes del
- Solicitar apoyo a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores para verificar si se reúne el porcentaje de apoyo requerido para la implementación de los mecanismos de participación ciudadana.
- Emitir los acuerdos necesarios para garantizar el desarrollo de los mecanismos de participación ciudadana.
- Determinar la ubicación de las casillas y la designación de las y los funcionarios de sus mesas directivas, para la realización de las jornadas de consulta.
- Diseñar y producir los documentos y materiales electorales que se requieran para la realización de las jornadas de consulta.
La legislación atribuyó al Sistema las siguientes acciones:
- Aprobar formatos oficiales
- Aprobar procedencia de mecanismos
Mecanismos de Participación Ciudadana IEPC Jalisco
Aquí se podrá encontrar información específica sobre mecanismos –>
http://www.iepcjalisco.org.mx/participacion-ciudadana/activa-mecanismo/
Histórico de solicitudes recibidas en mecanismos de Participación Ciudadana
Aquí se puede consultar el histórico de solicitudes mecanismos en Jalisco –>
http://www.iepcjalisco.org.mx/participacion-ciudadana/historico-de-mecanismos-en-jalisco/