FINANCIAMIENTO A PARTIDOS
En sesión extraordinaria realizada el pasado 13 de agosto, mediante el acuerdo IEPC-ACG-302/2021, el Consejo General de este organismo electoral aprobó el monto total del financiamiento público estatal para los partidos políticos nacionales y locales correspondientes al año 2022.
La bolsa total se calculó con base en lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículo 41 base II); la Ley General de Partidos Políticos (artículo 51, numeral 1, inciso a); la Constitución Política del Estado de Jalisco (artículo 13, base IV) y el Código Electoral del Estado de Jalisco (artículos 46 y 89, párrafo 2).
La determinación de la bolsa para partidos políticos nacionales acreditados en Jalisco se realizó considerando el padrón electoral en el estado de Jalisco multiplicado por el 20% del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
1. Determinación de la bolsa del financiamiento público por actividades ordinarias permanentes (FPAO). |
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Fórmula |
Padrón electoral en el estado de Jalisco multiplicado por 20% del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización |
Padrón electoral ① |
6,349,659 |
Unidad de medida y actualización UMA② |
89.62 |
20% de la Unidad de Medida y Actualización |
17.9240 |
BOLSA FPAO TOTAL 2022 |
$113,811,287.92 |
①Padrón electoral en Jalisco, corte 31 de julio 2021. Oficio INE-JAL-JLE-VE-1403-2021 |
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②Unidad de Medida y Actualización publicada en el D.O.F., el 08 de enero de 2021. |
La bolsa para la determinación de las actividades específicas equivale al 3% del monto total anual del financiamiento público correspondiente en el mismo año por actividades ordinarias permanentes, esto es:
3% Financiamiento público para actividades específicas |
$3,414,338.64 |
La suma de ambas cantidades, comprenden el monto total del financiamiento público que le corresponde a los partidos políticos nacionales para el ejercicio 2022, mismo que asciende a la cifra total de $117´225,626.55 (ciento diecisiete millones, doscientos veinticinco mil, seiscientos veintiséis pesos 55/100 M.N.).
Por lo que respecta al financiamiento público para actividades ordinarias de los partidos políticos locales la determinación se obtiene de multiplicar el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral local por el 65% de la Unidad de Medida y Actualización, conforme lo siguiente:
1. Determinación de la bolsa del financiamiento público por actividades ordinarias permanentes (FPAO). |
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Fórmula |
Total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral, por el 65% de la Unidad de Medida y Actualización |
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Padrón Electoral ① |
6,349,659 |
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Unidad de medida y actualización UMA② |
89.62 |
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65% UMA |
58.2530 |
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BOLSA FPO TOTAL 2022 |
$369,886,685.73 |
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①Padrón electoral en Jalisco, corte 31 de julio 2021. Oficio INE-JAL-JLE-VE-1403-2021 |
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②Unidad de Medida y Actualización publicada en el D.O.F., el 08 de enero de 2021. |
El financiamiento público por actividades específicas equivale al 3% del monto total anual del financiamiento público correspondiente en el mismo año por actividades ordinarias permanentes, esto es:
3% Financiamiento público para actividades específicas |
$11,096,600.57 |
De la suma de ambas cantidades se obtiene el monto del financiamiento público local que le corresponde a los partidos políticos para el ejercicio 2022, mismo que asciende a la cifra total de $380´983,286.30 (trescientos ochenta millones, novecientos ochenta y tres mil, doscientos ochenta y seis pesos 30/100 M.N.).
En ese sentido, el monto total de financiamiento público para el ejercicio 2022, correspondiente a los partidos políticos nacionales y locales que mantengan su acreditación o registro después de la cada elección, asciende a la suma de $498´208,912.85 (cuatrocientos noventa y ocho millones doscientos ocho mil novecientos doce pesos 85/100 M.N.), cantidad que resulta de sumar el financiamiento para sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes y para actividades específicas, correspondientes a la educación, capacitación, investigación socioeconómica y política de los partidos políticos nacionales y locales.
Es importante destacar que el Consejo General determinará los montos que corresponden a cada partido político de conformidad a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Partidos Políticos, la Constitución Política y el Código Electoral locales, una vez concluido el proceso electoral local ordinario 2020-2021.
El acuerdo respectivo aprobado por el Consejo General del IEPC se puede consultar en: