Comunicado 20/2018.- • Se podrán incluir sobrenombres en las boletas electorales

 

Guadalajara, Jalisco,  10 de abril  de 2018

 
 
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CS   20/2018

 

  • Se podrán incluir sobrenombres en las boletas electorales

 
 

En sesión extraordinaria del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco (IEPC), se presentó el informe que comunica las propuestas de los Consejos Distritales Electorales respecto de la habilitación de espacios para el recuento de votos, con las alternativas para todos los escenarios de cómputo, en el proceso electoral concurrente 2017-2018.

Además, el Consejo General aprobó modificar el plazo establecido en el artículo 10 de los lineamientos que regulan el desarrollo de las sesiones de cómputos distritales y municipales del Instituto Electoral para que el informe sobre las alternativas para todos los escenarios de cómputos municipales, previsto para el día 2 de mayo, se realice hasta el día 20 y 24 de mayo de 2018, respectivamente. Ya que los Consejos Municipales Electorales que se integran por dos o más distritos se instalarán el 30 de abril y el resto de los Consejos Municipales Electorales hasta el 16 de mayo.

Otro de los puntos aprobados en esta sesión fue la incorporación de la ciudadana Soledad Chiu Pablo al Servicio Profesional Electoral Nacional, en el cargo de coordinadora de Participación Ciudadana del IEPC. Soledad Chiu formaba parte de las personas integrantes de la lista de reserva, de la convocatoria del concurso público 2017, que la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE), designó como ganadoras para ocupar vacantes en cargos y puestos.

Asimismo, el Consejo General aprobó la inclusión de sobrenombres o apodos de las y los candidatos en las boletas electorales para el Proceso Electoral Concurrente 2017-2018. Por lo tanto, las y los candidatos que soliciten se incluya su sobrenombre, deberán hacerlo del conocimiento del Instituto Electoral.

Esto conforme a lo estipulado en la resolución al recurso de apelación SUP-RAP-0188/2012 y a la jurisprudencia 10/2013 “Boleta Electoral”.

Para el caso de las candidaturas a la gubernatura deberán solicitarlo durante los tres días naturales siguientes a partir del 11 de abril de 2018. En el caso de candidaturas a diputaciones y munícipes, se tendrá que realizar dentro de los tres días naturales siguientes a partir del día de la aprobación del dictamen que otorga la calidad de candidatos y candidatas.
 

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